El Tribunal Administrativo de Bolívar, con ponencia del magistrado Luis Miguel Villalobos Álvarez, admitió con fecha 19 de enero de 2024 la demanda del acto de elección de Dumek José Turbay Paz, como alcalde del Distrito de Cartagena, período 2024-2027 y a la vez, ordenó correr traslado de la medida cautelar deprecada, a la parte accionada, por el término de cinco (5) días; conforme a lo señalado en la parte motiva de la presente providencia, que pide la suspensión del alcalde electo.
Cartagena-Colombia-Noticias625.co 25-01-2024. El Tribunal Administrativo de Bolívar bajo ponencia del magistrado Luis Miguel Villalobos Álvarez, admitió la demanda promovida por el señor Josimar Darío Conde Camargo identificado con la C.C. No 1.129.516.726, en contra del acto de elección que declaró como alcalde del Distrito de Cartagena, al señor Dumek José Turbay Paz, al cumplirse los requisitos sustanciales y de forma previstos en la ley, conforme las razones aducidas en la parte motivan de esta providencia.
Dentro del presente asunto, la parte accionante, solicitó como medida cautelar la suspensión provisional de los efectos del acto administrativo por el cual se declaró la elección del señor DUMEK JOSÉ TURBAY PAZ como alcalde del Distrito de Cartagena, período 2024-2027; por lo que con fundamento en el artículo 277 del CPACA, en armonía con el artículo 233, y conforme a la dispuesto por la Sección Quinta del Consejo de Estado1, en auto de fecha 15 de noviembre de 2022; se correrá traslado por el término de 5 días al demandado, para que se pronuncie sobre la medida deprecada.
El Demandante Josimar Darío Conde Camargo, solicita que se declare la nulidad de las siguientes resoluciones:
Resolución No. E-26 del 09 de noviembre de 2023 “Por medio de la cual se declara la elección de Alcaldía de Cartagena, para el periodo 2024 – 2027 y se ordena la expedición de la correspondiente credencial.”, expedida por la Comisión Escrutadora General integrada por el Consejo Nacional Electoral y Registrador Nacional del Estado Civil en calidad de secretario.
Que se declare la nulidad del Formulario E-24 Alcaldía de Cartagena, expedido el 09 de noviembre de 2023 por la Comisión Escrutadora General integrada por el Consejo Nacional Electoral y Registrador Nacional del Estado Civil en calidad de Secretario, con el cual se registró y totalizó la votación que para ALCALDÍA DE CARTAGENA periodo constitucional 2024 – 2027 fue depositada en las mesas de votación instaladas en Cartagena, Bolívar.
Que se declare la nulidad del Acta General de Escrutinios, E- 26 expedida el 09 de Noviembre de 2023 por la Comisión Escrutadora General integrada por el Consejo Nacional Electoral y Registrador Nacional del Estado Civil en calidad de Secretario, con la cual, entre otros hechos, se dejó constancia del escrutinio adelantado.
Que se declare la nulidad de las credenciales Formulario E-27 ALCALDÍA DE CARTAGENA periodo constitucional 2024 -2027, expedidas el 09 de noviembre de 2023 por la Comisión Escrutadora General integrada por el Consejo Nacional Electoral y Registrador Nacional del Estado Civil en calidad de secretario.
Así mimo, se pide, que como consecuencia de lo anterior y conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente demanda, se ordene practicar y efectivamente se practique por la Sección Quinta del Consejo de Estado, un nuevo escrutinio de los votos depositados en las mesas de votación habilitadas para recibir votos a la Alcaldía de Cartagena, para las elecciones del 29 de Octubre de 2023 para Alcalde de Cartagena periodo constitucional 2024 -2027, totalizados en los Formularios E-14, escrutinio que deberá practicarse, con base únicamente en los guarismos que mantengan el soporte de los Formularios antes mencionados ( E – 14) verificados como producto del procedimiento adelantado por la corporación judicial de conformidad a esta demanda.