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Mañana toque de queda en Cartagena inicia a las 3:00 p.m.

El decreto 0553 del 14 de mayo de 2021 prorroga las medidas para prevenir y controlar la COVID-19 en Cartagena, desde las 00 horas del lunes 17 de mayo hasta las 05:00 horas del 27 de mayo. Habrá toque de queda continuo desde las 9:00 p.m. del viernes 21 de mayo hasta las 5:00 a.m. del lunes 24 de mayo.

El pico y cédula seguirá aplicándose para el ingreso a entidades financieras, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies, almacenes y supermercados en general.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 16-05-2021. Cartagena sigue en alerta roja por la COVID-19 y con una alta ocupación de UCI, por ello, el alcalde William Dau Chamat, a través del decreto 0553 del 14 de mayo de 2021, ordenó continuar desde el lunes 17 de mayo, hasta las 05:00 horas del 27 de mayo, las medidas de toque de queda, pico y cédula para establecimientos de grandes superficies, y mantener las restricciones para el uso de playas y chivas, consumo de bebidas alcohólicas, eventos y clases presenciales.

Las medidas que contempla del Decreto 0553 quedaron de la siguiente forma:

Desde este lunes el toque de queda cambia su horario, quedando así:

INICIA TOQUE DE QUEDA TERMINA TOQUE DE QUEDA
Lunes, 17 de mayo: 3:00 pm Martes, 18 de mayo: 5:00 am
Martes, 18 de mayo: 9:00 pm Miércoles, 19 de mayo: 5:00 am
Miércoles, 19 de mayo: 9:00 pm Jueves, 20 de mayo: 5:00 am
Jueves, 20 de mayo: 9:00 pm Viernes, 21 de mayo: 5:00 am
Viernes, 21 de mayo: 9:00 pm Lunes, 24 de mayo: 5:00 am
Lunes, 24 de mayo: 9:00 pm Martes, 25 de mayo: 5:00 am
Martes, 25 de mayo: 9:00 pm Miércoles, 26 de mayo: 5:00 am
Miércoles, 26 de mayo: 9:00 pm Jueves, 27 de mayo: 5:00 am

Es decir, habrá toque de queda continuo desde las 9:00 p.m. del viernes 21 de mayo hasta las 5:00 a.m. del lunes 24 de mayo.

Los establecimientos de comercio y/o locales comerciales autorizados, podrán prestar sus servicios presenciales al público hasta una hora antes de dar inicio al toque de queda para cada día, a efectos de permitir el desplazamiento de los usuarios y consumidores a sus viviendas.

Esto significa que, cuando el toque de queda inicia a las 9 p.m. los establecimientos podrán atender hasta las 8 p.m., mientras que, cuando el toque de queda sea a las 3 p.m. podrán atender hasta las 2:00 p.m.

Así será la rotación del pico y cédula.

Durante la vigencia del presente decreto sigue restringido el acceso y la circulación de personas a entidades financieras, centros comerciales, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies, almacenes y supermercados en general, por lo que exclusivamente se autoriza el acceso y circulación de acuerdo con el último dígito del respectivo documento de identidad que a continuación se detalla:

LUNES 17/05/2021 1-3-5-7-9
MARTES 18/05/2021 0-2-4-6-8
MIERCOLES 19/05/2021 1-3-5-7-9
JUEVES 20/05/2021 0-2-4-6-8
VIERNES 21/05/2021 1-3-5-7-9
SÁBADO 22/05/2021 TOQUE DE QUEDA
DOMINGO 23/05/2021 TOQUE DE QUEDA
LUNES 24/05/2021 0-2-4-6-8
MARTES 25/05/2021 1-3-5-7-9
MIÉRCOLES 26/05/2021 0-2-4-6-8

Sigue restricción al consumo de licor.

Hasta 05:00 horas del 27 de mayo sigue prohibido el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos.

Sin embargo, no se prohíbe la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas o embriagantes.

* Horarios para uso de playas y chivas *

El ingreso a las playas autorizadas y el uso de las chivas también seguirán sujetos a horarios y cumpliendo todas las medidas de bioseguridad.

Horario de ingreso a playas
– Lunes 17 de mayo: 8:00 a.m. hasta la 1:00 pm
– Martes 18 a viernes 21 de mayo: de 8:00 a.m. hasta las 5:00 p.m.
– Lunes 24 a miércoles 26 de mayo: de 8:00 a.m. hasta las 5:00 p.m.

Horario de uso y movilización en chivas.
– Lunes 17 de mayo: 9:00 a.m. hasta la 1:00 pm
– Martes 18 a viernes 21 de mayo: de 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.
– Lunes 24 a miércoles 26 de mayo: de 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.

Durante la vigencia del presente Decreto, sigue prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo se prohíbe la utilización de Pick-up, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.

En cuanto a las actividades académicas de los colegios del Distrito, se recomienda como medida para prevenir y controlar la COVID-19, la realización de manera virtual.