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¿Están prohibidos los bailase con picó?

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 10-02-2021. El pasado 02 de febrero de 2021, venció el Decreto 0038 del 15 de enero, que prohibía el consumo de bebidas embriagantes y alcohol en espacios públicos, tales como calles, parques, plazas, plazoletas, espacios residenciales y en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, desde las 00:00 horas hasta las 10:00 horas de cada día.

Igualmente, se prohibía la venta, distribución y expendio de bebidas embriagantes en todos los tipos de establecimientos de comercio (tiendas de barrio, supermercados, centros comerciales, grandes superficies, salsamentarias, etc.), por personas naturales y/o jurídicas, desde las 22:00 horas hasta las 10:00 horas del día siguiente. Se permite la venta, distribución y expendio de bebidas embriagantes, a través de plataformas digitales o domiciliarios.

Este decreto prohibía las aglomeraciones, las reuniones masivas, los espectáculos públicos, los bailes con picos. Interpretamos que entramos en la normalidad, ya no hay medidas para evitar la propagación del Covid19 y por eso en cualquier pared libre de la ciudad y sus corregimientos, nos encontramos con avisos como este donde se invita a  bailes y rumbas.