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Prohíben tránsito de motos con parrilleros hombres en 8 sectores de Cartagena

La Administración Distrital  mediante Decreto 1406 del 7 de noviembre de 2020 retoma la restricción de motocicletas con parrilleros hombres como consecuencia del incremento de los actos vandálicos que se realizan con este tipo de vehículos. Durante dos viernes consecutivos los habitantes del sector residencial de Manga realizaron plantones para exigir la prohibición de motocicletas con parrilleros en la zona.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 07-11-2020.  Los barrio de Cartagena que quedaron cobijados con esta medida son: Bocagrande, Manga, Laguito, Castillogrande, El Cabrero, Crespo, Alto Bosque y Pie de la Popa, donde a partir de este sábado 07 de noviembre se prohíbe la circulación de motocicletas con acompañantes masculino, tal como lo consigna el Decreto 1406 de 2020.

Este Decreto también aplica para motocarros, cuatrimotos y moto-triciclos y la dirección del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte será la entidad encargada de hacer cumplir la norma con el apoyo de la Policía Nacional.

La razón el incremento del delitos cometidos en motocicletas que con la reactivación económica en estos sectores se ha incrementado la comisión de delitos, como hurtos calificados y agravados, utilizando motocicletas.

Para los habitantes de Manga que venían realizando plantones exigiendo la restricción de motocicletas, no quedan satisfechos con el decreto, ya que son del criterio que se debe permitir el tránsito de motos sin parrilleros, toda vez, que han sido testigo que delincuentes se disfrazan de mujer y han cometidos atracos en la zona.

El decreto 1406 señala que estarán exentos de esta restricción los funcionarios y/o personas de los siguientes oficios, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones y porten carné original:

  1. Organismos de seguridad del estado, Fuerzas Militares, Armada nacional, Policía, CTI de la Fiscalía y los que ejerzan funciones legales de Policía nacional
  2. Autoridades de tránsito
  3. Organismos de socorro.