Mompox te espera para el FestiJazz 2025. Llegó la hora
septiembre 17, 2025
Aguas de Cartagena ha realizado 56.891 actuaciones para el control de pérdidas de agua y la lucha contra el fraude
septiembre 18, 2025

Abren desacato contra Yucelis Garrido, alcalde de la Localidad Tres Industrial y de la Bahía por incumplimiento de fallo de tutela

En duda el proceso de transparencia. $1.400 millones se invirtieron en el contrato de mejoramiento de viviendas con saneamiento básico para las familias en condición de pobreza en la Localidad Tres, Industrial y de la Bahía, más exactamente en la zona rural, corregimiento de Pasacaballos y la vereda Bajo del Tigre, trabajos que oficialmente no se han entregados y no se sabe el número de familias beneficiadas. Además, se denuncia: Mala calidad de los materiales utilizados, presuntos sobrecostos y la utilización de menores de edad en los trabajos para no pagar seguridad social.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 19-09-2025. La Juez 11 Penal Municipal Control Garantías de Cartagena, Lilia María Jiménez Rodríguez, con fecha del 15 de septiembre de 2025, abrió incidente de desacato contra Yucelis Patricia Garrido Ochoa, en su calidad de alcaldesa de la Local Tres, Industrial y de la Bahía de Cartagena, para que en un término de 48 horas siguientes a la notificación, proceda a demostrar a ese despacho, las pruebas del cumplimiento o imposibilidad jurídica y/o material del cumplimiento, de la orden de tutela adiada 29 de agosto de 2025, proferido por este juzgado; que  ordenó emitir una respuesta de fondo y completa a la petición presentada por Carlos Manuel Cruzante, relacionada con el contrato cuyo objeto es “contratar el mejoramiento de viviendas con saneamiento básico para las familias en condición de pobreza en la Localidad Industrial y de la Bahía”.

La comunidad del corregimiento de Pasacaballos y la vereda, Bajo del Tigre, zona rural de la Localidad Tres, Industrial y de la Bahía denunció; mala calidad de los materiales utilizados para los mejoramientos, que en su gran mayoría, consistió en la construcción de baños y unidad sanitaria.

Este contrato empezó con un presupuesto de $900 millones y posteriormente se hizo una adición a la empresa SOCING SAS, que llegó a los $1.400 millones, donde se presupuestó cada baño en $21 millones, con medidas de un metro y metro 30 centímetros, baldosas y enchapes normales de 15X15, se utilizó como pintura carburo y se hicieron unas pozas sépticas con poca profundidad.

Estos baños se hicieron en su gran mayoría en familias que no gozan de la conexión domiciliaria del servicio de agua potable, por lo que el inodoro se baja con agua en valdes y el lavamanos queda subutilizado.

Así mismo, se denunció que colocaron a trabajar a menores de edad en las obras, para no pagar seguridad social, estos menores fueron los que cavaron las pozas sépticas y quienes pintaron los baños con carburo. Se reveló que presuntamente, uno de estos menores resultó con problemas en su visión al caerle carburo en los ojos.

Estas obras no han sido entregadas oficialmente ni hay información de quienes son en su totalidad los beneficiados.

Por todas estas presuntas irregularidades, Carlos Manuel Cruzante, el pasado 25 de julio de 2025, presentó derecho de petición ante Alcaldía Local Tres de la Localidad Industrial y de la Bahía, solicitando información relacionada con el contrato SAMC-LOC3-005-2024 celebrado con la empresa SOCING SAS, pero que la misma fue contestada parcialmente.

Por ello, instauró una tutela que fue fallada el 29 de agosto de 2025, donde se tutelan los derechos fundamentales invocados por el señor Carlos Manuel Cruzante y se le dio un plazo de 48 horas para emitir una respuesta de fondo y completa a la petición relacionada con el contrato.

Ante la no recibir  respuesta de fondo se presentó el incidente de desacato y este 15 de septiembre de 2025, se escogió tal solicitud y el Juzgado 11 Penal Municipal Control Garantías de Cartagena, resolvió:

PRIMERO: APERTURAR DESACATO contra la señora YUCELIS PATRICIA GARRIDO OCHOA en su calidad de ALCALDÍA LOCAL 3 (LOCALIDAD INDUSTRIAL Y DE LA BAHÍA) – DISTRITO TURÍSTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS, por incumplimiento de fallo de tutela o que conmine al directo responsable para que, dentro del término de 48 horas siguientes a la notificación de este auto, procedan a demostrar a esta judicatura las pruebas del cumplimiento o imposibilidad jurídica y/o material del cumplimiento, de la orden de tutela adiada el veintinueve (29) de agosto de 2025, proferido por este juzgado.

SEGUNDO: CÓRRASELE traslado del escrito de incidente de Desacato a la señora YUCELIS PATRICIA GARRIDO OCHOA en su calidad de ALCALDÍA LOCAL 3 (LOCALIDAD INDUSTRIAL Y DE LA BAHÍA) – DISTRITO TURÍSTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS, por incumplimiento de fallo de tutela o que conmine al directo responsable, para que en el término de dos (2) días presenten un informe acerca del cabal cumplimiento del fallo de fecha veintinueve (29) de agosto de 2025, CON LA CONTESTACIÓN ACOMPAÑARÁN LAS PRUEBAS QUE PRETENDAN HACER VALER, ASÍ LOS DOCUMENTOS Y LAS PRUEBAS ANTICIPADAS QUE SE ENCUENTREN EN SU PODER, TODO LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 13 Y 16 DEL DECRETO 2591 DE 1991.

TERCERO: Ténganse como pruebas los documentos allegados por las partes a este trámite incidental.

CUARTO: Líbrense las comunicaciones correspondientes.

Que pidió Carlos Manuel Cruzante en su derecho de petición que no han querido dar respuesta de fondo:

  1. Copia del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) original y de todas sus modificaciones.
  2. Copia del Registro Presupuestal (RP) expedido para cada desembolso (uno por cada pago efectuado).
  3. Copia de todos los Certificados de Disponibilidad de Tesorería (CDT) asociados al contrato.
  4. Detalle del libro de rubros presupuestales aplicados y su imputación en la vigencia fiscal 2024 (extracto contable con cuentas y valores).
  5. Relación cronológica de todos los pagos efectuados al contratista (fecha, valor, concepto).
  6. Copias de facturas, recibos de caja y comprobantes de pago asociados a cada desembolso.
  7. Certificación de la Tesorería Distrital sobre montos pagados y saldos pendientes.
  8. Póliza de cumplimiento (vigente y ampliaciones) suscrita por SOCING SAS (PDF completo firmado).
  9. Póliza de calidad (vigente y ampliaciones) (PDF completo firmado).
  10. Ampliaciones de garantías ordenadas en cada modificación al contrato (copias).
  11. Paz y salvo expedidos por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) por el contratista y por los trabajadores vinculados al contrato.
  12. Certificados de aporte a salud, pensión y riesgos laborales del contratista y de los trabajadores vinculados al contrato (periodo correspondiente).
  13. Certificados de aportes a parafiscales (Caja de Compensación Familiar, SENA e ICBF) por el contratista y trabajadores vinculados.
  14. Copia del estudio previo que soportó la selección abreviada de menor cuantía (estudio previo completo).
  15. Cronograma de obra original y todas sus revisiones (GANTT o equivalente), con fechas y actividades.
  16. Plan de trabajo y bitácora de obra (bitácora firmada por interventoría y contratista).
  17. Actas de inicio, de interventoría y de visitas de obra (todas las actas existentes).
  18. Informes trimestrales o mensuales de interventoría y/o supervisión (todos los informes).
  19. Acta de recibo a satisfacción de cada fase o de la totalidad de la obra (si existe).
  20. Soporte completo de la publicación y perfeccionamiento del contrato en la plataforma SECOP II (exportación PDF completa — dossier con todos los anexos y documentos publicados).
  21. Todos los anexos y pliegos de condiciones que integran el contrato.
  22. Relación y copia de cada modificatorio (si existe Modificatorio No.04, remítalo íntegro) — numeración y fecha.
  23. Razón específica y detallada de cada modificatorio: descripción de la necesidad y fundamento jurídico o técnico (copias de los análisis y actos que justifican cada modificatorio). 24. Para cada uno de los modificatorios: copia del RP correspondiente, certificados de disponibilidad presupuestal y tesorería, y comprobantes de pago asociados.
  24. Valor total original del contrato, valores añadidos por cada modificatorio y sumatoria del valor contratado a la fecha (desglose).
  25. Desembolso acumulado y comparativo con el valor total contratado (estado de ejecución financiera: monto pagado — saldo).