Ante la notificación que hiciera el pasado 18 de agosto el gerente regional norte de la Sociedad de Activos Especiales, SAE, de dar a conocer su intención de desalojar a las 200 familias que ocupan el predio de Cachenche en el municipio de Arjona, se pide intervención del Gobernador de Bolívar y al comandante de la Policía de Bolívar para que no respalden esa acción.
Cartagena-Colombia-Noticias625.co 22-08-2021. La Asociación de Campesinos de Cachenche, vereda del municipio de Turbana solicitaron intervención de Vicente Blel Scaff, Gobernador de Bolívar, Tahir Rivera Suescun, Comandante Policía de Bolívar, Andrés Alberto Ávila Ávila. Presidente Nacional SAE y José Manuel Restrepo, Ministro de Hacienda, para que detengan todo intención de desalojo a las 200 familias que allí habitan.
Enaldo Tovar, presidente de la Asociación de Campesinos les hace saber que la mencionada notificación de la SAE, es orden violatoria del orden Constitucional y legal, por lo que piden no acompañar esa acción de desalojo y al Presidente Nacional de la SAE entidad adscrita al Ministerio de Hacienda la revocatoria directa del acto administrativo de su subalterno; toda vez, que no se está dando cumplimiento al fallo de tutela que ampara los derechos fundamentales de los campesinos de Cachenche, como tampoco a las reiteradas jurisprudencias de Constitucionalidad y de Tutela de la Corte Constitucional.
La Asociación de Campesinos de Cachenche asegura que de convertirse en realidad la orden de desalojo, se estaría incumpliendo el Fallo de Tutela de Segunda Instancia RAD. 13-836- 31-89-001-2021-00057-00, del Juzgado Primero (001) Penal del Circuito de Turbaco (Bolívar) de fecha 12 de abril de 2021, que en la parte resolutiva ordeno: a la accionada Sociedad de Activos Especiales-SAE, que coordine con la Agencia Nacional de Tierras- ANT, como administradora del fondo y del procedimiento de inclusión en el Registro de Sujetos de Ordenamiento (RESO) y adjudicación a campesinos sin tierra, junto con la Gobernación de Bolívar y la Alcaldía Municipal de Turbana Bolívar con el fin de que procedan a realizar la identificación y clasificación de los campesinos ocupantes del predio Cachenche identificado con el Folio de Matricula Inmobiliaria Nro.: 060-76813, e inscribirlos en el Registro de Sujetos de Ordenamiento (RESO), con el propósito de que si reúnen los requisitos para ello, sean beneficiarios de la titulación o adjudicación por la Agencia Nacional de Tierras-ANT.
A este fallo de segunda instancia se adiciona el fallo de tutela de primera instancia RAD. 13-838-40-89-001-2021-00011-00 del juzgado Promiscuo Municipal de Turbana Bolívar, que en la parte resolutiva también ordenó a la SAE, dar estricto cumplimiento a los protocolos existentes y a tomar todas las medidas de articulación interinstitucional y de coordinación a efectos de evitar vulnerar los derechos fundamentales de terceros ocupantes del predio y a cada una de las entidades que tengan injerencia en el asunto y que sean convocadas por la SAE a cumplir con el rol que corresponde según su marco de competencia y los parámetros señalados por la constitución, la ley y la jurisprudencia constitucional, incluyendo entre ellas a migración Colombia dada la posible presencia de extranjeros.
Como es de conocimiento de la opinión pública, la nueva orden de desalojo fue ordenada por el Dr. Juan Pablo Valbuena Anaya Gerente Regional Norte de la SAE mediante oficio CS-2021-021382 notificado el pasado miércoles 18 de agosto del 2021, de más de 200 familias campesinas parceleras (todas familias Colombianas) del predio Cachenche perteneciente al municipio de Turbana – Bolívar.
En estos momentos se está realizando el trámite de la inscripción de las familias campesinas de Cachenche ante la Agencia Nacional de Tierras – ANT, ya que al principio había dudas sobre cual tramite realizar a sabiendas que el predio Cachenche aun hoy es de propiedad privada; pero nunca se ha realizado por parte de la SAE ni de ninguna otra entidad todo el trámite que ordenan los Fallos de Tutela y los reiterados fallos jurisprudenciales de la Corte Constitucional.