La señora María del Pilar Agamez, propietaria de un inmueble ubicado en el barrio Píe de la Popa, Carrera 21 # 29D-94, realizó un crédito hipotecario a través de la firma Titularizadora Colombia S.A. filial del Banco Caja Social y por enfermedad durante la pandemia de Covid19, se atrasó y empezó el proceso de remate, con todas las irregularidades.
Cartagena-Colombia-Noticias625.co 22-08-2023. Todo parece indicar que las fuerzas del mal se confabularon para dejar sin casa a la señora, María del Pilar Agamez. Lo primero que hizo fue darle poder al abogado Leroy Padilla, quien según denuncia dejó vencer todos los términos, nunca ejerció la defensa a su representada y junto con otros dos abogados presuntamente socios, asesoraban a la señora Luz Celeste Ochoa Almanza, para comprar el remate por una suma de $235.500.000, cuando el inmueble supera los $900 millones.
El proceso para su diligencia necesitaba de la actuación de la Alcaldía Local Uno, Histórica y del Caribe Norte, quien para la época el alcalde local era Carlos Mieles, quien según lo ordenado por la Ley, la actuación en ese proceso, lo tenía que adelantar él. Pero actuó Marta Maldonado Possos, funcionaria adscrita a su despacho y fue ella, quien firmó el acta de remate y presuntamente colocó en ese acta colocó el nombre y firma de la señora Julia María Agamez, hermana de la demandante, cuando ella nunca firmó. Por lo que se pide una prueba grafológica, para comprobar, la falsedad de dicho documento.
Actúa en ese procedimiento, Luis Carlos Tovar Sabogal en calidad de Representante Legal de la Sociedad, Su Medida Cautelar Segura SAS, quien actuó como secuestre y está demostrado que la empresa que representa se encuentra inactiva, pues desde el año 2016, no ha renovado su matrícula mercantil.
Y por última, la señora Luz Celeste Ochoa Almanza, compradora del remate del inmueble, a quién en plena pandemia del Covid19 y en un hecho que califican como sospechoso, llegó al Juzgado Tercero Civil de Ejecución Civil Municipal de Cartagena y le recibieron la carta donde muestra el interés de la compra del inmueble, cuando, todo el sistema judicial actuaba de manera digital, no presencial.
Así mismo, la afectada afirma que presuntamente la señora Luz Celeste Ochoa Almanza, no tiene las condiciones económicas para la compra del inmueble y que al parecer la verdadera interesada es una funcionaria de la alcaldía.
Por ello, por los delitos de Fraude Procesal, Prevaricato, Falsedad Material en Documentos Públicos, Usurpación de Funciones Públicas, fue radicada a una Denuncia Penal, ante la Fiscalía General de la Nación, por la señora María del Pilar Agamez Sarabia, contra Luis Alfredo Junieles Dorado, Juez Tercero Civil de Ejecución Civil Municipal de Cartagena contra Marta Maldonado Possos, funcionaria de la Alcaldía de la Localidad 1 Histórica y del Caribe Norte, Luis Carlos Tovar Sabogal, secuestre y Luz Celeste Ochoa Almanza, compradora del remate del inmueble cuando se dice que presuntamente no tenía las condiciones económicas para adquirir el mismo y he aquí la trama:
Los hechos trascendieron en el año 2018, cuando la Titularizadora Colombia S.A. (banco Caja Social), promovió proceso ejecutivo hipotecario en contra María del Pilar Agamez Sarabia, propietaria del inmueble y a causa de incumplimiento de pagos de cuotas correspondiente al crédito hipotecario que adquirió con dicha compañía, entendiéndose que la garantía de dicha hipoteca era el inmueble ubicado en el barrio Pie de la Popa, Carrera 21 # 29D-94.
El proceso fue iniciado por el Juez 12 Civil Municipal de Cartagena y trasladado por los fines procesales al Juzgado Tercero de Ejecución Civil Municipal de Cartagena, despacho en donde presuntamente se cometieron los ilícitos que cursan en la presente demanda y dicho proceso, le fue asignado por reparto a dicho juzgado.