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Por vía de tutela juez ordena mejorar el suministro de agua a Cerros de Albornoz

Se trata de los sectores Nuevo Israel, Mirador de Cartagena y la Paz  que de zona de invasión fueron declarados mediante Decreto 97-97 y el artículo Quinto en la Ley 142 estipula que los barrios Subnormales y desde el 2016 reciben el servicio a través de carrotanques.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 19-04-2021. La acción judicial contra la empresa Agua de Cartagena y el Distrito de Cartagena fue impetrada por  Germán  Darío Pinilla González, ante el Juzgado Segundo Penal, que tuteló los derechos fundamentales a la vida digna de los habitantes de los sectores  Nuevo Israel, Mirador de Cartagena y la Paz ubicados en el cerro de Albornoz.

El requerimiento de la comunidad se dio por el llamado permanente que se hacía a la empresa Aguas de Cartagena para que aumentara el número de carrotanques para esa población y la asesora de Servicios Públicos Domiciliarios Elena Meléndez Tapias en un comunicado manifestó que no es necesario incrementar los carrotanques.

La justificación de la comunidad es que desde el año 2016, se hizo un censo de la población y con base al mismo, así se determinó el volumen de agua a distribuir en esas comunidades. Pero de 5 años para el presente, la población aumentó y lo que suministra Aguas de Cartagena no alcanza.

Por ello, el Juez Segundo Penal concede la protección de los derechos fundamentales incoados por German Darío Pinilla González, en calidad de líder social de los sectores Nuevo Israel y El Mirador, en coadyuvancia con la Defensoría del Pueblo Regional Bolívar, en contra de Aguas de Cartagena S.A E.S.P y la Alcaldía Mayor de Cartagena, en los términos expuestos en la parte considerativa de esta sentencia.

Así mismo, se ordena a la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, a que en un término no mayor a 30 días, contados a partir de la notificación de la presente providencia, proceda a realizar y/o actualizar el censo de habitantes en los sectores Nuevo Israel y El Mirador, con el fin de contar con un elemento de juicio para determinar la cantidad de carrotanques necesarios para satisfacer la demanda de agua potable de dichos sectores, los cuales deberán ser autorizados por el Distrito de Cartagena, tal como se viene realizando en estos momentos.

Se ordena a la empresa Aguas de Cartagena, que después de conocer el resultado del censo de los sectores Nuevo Israel y El Mirador, deberá garantizar el suministro de los carrotanques con la periodicidad adecuada.