Tribunal Superior de Cartagena absolvió a Orlando Banquez en su condición inspector de Policía de Bocachica en la querella por el predio “La Ceibilla”

“El Tribunal fue enfático en afirmar que la señora YIDIS DEL CARMEN HERNANDEZ MESA, ha creado conflicto con esas tierras, que incurrió en falsas afirmaciones, que constituyen el delito de fraude procesal, que fungió dentro del proceso penal como denunciante, víctima y testigo, algo prohibido por la Ley Penal, lo que recae la responsabilidad de este yerro procedimental en el Fiscal a cargo del caso que me acuso y el Juez Noveno Penal del Circuito de Cartagena, que me condeno”, precisó Banquez Porto.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 12-07-2025. Sala Plena del Tribunal Superior de Cartagena; a través del Magistrado Ponente José de Jesús Cumplido Montiel, absolvió de cualquier responsabilidad penal al Inspector de Policía Rural del corregimiento de Bocachica y estableció que su actuación fue conforme a Derecho, dentro de las diligencias judiciales, por la disputa del predio “La Ceibilla”, ubicado en el citado corregimiento de la zona insular de Cartagena

“En la decisión del Tribunal, manifiesta que fue el Inspector ALEXANDER WILLIE, que entrego el Bien el di 14 de junio de 2023 y que ese mismo predio por orden del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda, la Fiscalía 31 Especializada de Cartagena y la Sociedad de Activos Especiales SAE, le entregaron el predio a su verdadero dueño el señor Fernando Martínez Bohórquez y/o Inversiones Bocachica y para mayor información señor periodista, me permito manifestarle que el Consejo de Estado en fallo reciente, determino que la familia Fortich, no son los dueños de las áreas de tierras que la señora Yidis Hernández Meza, reclama para ella y sus clientes, lo mismo fue decidido por la Superintendencia de Notariado de Registro en diciembre del 2024”; explicó a este medio Orlando Banquez Porto.

El fallo emitido por el Tribunal Superior Distrito Judicial de Cartagena, es el siguiente:

1°. REVOCAR la sentencia condenatoria proferida el 19 de mayo de 2025 por el Juzgado Noveno Penal del Circuito de Cartagena, mediante la cual se condenó al señor ORLANDO BANQUEZ PORTO como autor del delito de prevaricato por omisión, en concurso homogéneo y sucesivo, conforme a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión.

En consecuencia, ABSOLVER a ORLANDO BANQUEZ PORTO por el delito de prevaricato por omisión en concurso homogéneo y sucesivo.

2°. En cuanto al numeral tercero de la sentencia recurrida, en el que se negó el subrogado penal y se ordenó librar orden de captura contra el procesado, se observa que en el expediente no obra constancia de emisión ni remisión efectiva de dicha orden a las autoridades competentes. Por tanto, la Sala se abstiene de disponer su libertad, al no constar que esta haya sido restringida. No obstante, si actualmente se encuentra privado de la libertad con fundamento en esta causa, el Juzgado de primera instancia deberá disponer de inmediato su libertad e igualmente, en todo caso, cancelará toda anotación o registro que haya sido generado como consecuencia de este proceso penal.

3°. Esta sentencia se notifica en estrados y contra ella procede el recurso de casación en los términos establecidos en los artículos 180 y siguientes de la Ley 906 de 2004. Se autoriza la lectura de esta providencia al magistrado ponente.

4°. Una vez ejecutoriada esta decisión, REMITIR lo actuado al juzgado de origen.

“Felipito” uno de los tres presuntos delincuentes capturados que tenían azotados a residentes de Parque Heredia
julio 10, 2025
“Cartagena necesita una renovación social y cultural”: Javier Julio Bejarano
julio 13, 2025