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2 días de arresto y multa por 5 salarios mínimos contra Pedro Alí director del IDERBOL

La determinación fue asumida por Juzgado Diecisiete Civil Municipal de Cartagena, ante el no cumplimiento de un fallo de acción de tutela promovido por José Javier Caro de la Cruz, en contra del Instituto Departamental de Recreación y Deportes IDERBOL, por violación al Derecho Fundamental de Petición.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 16-11-2021. Dos días de arresto y el pago de una multa de cinco salarios mínimos mensuales vigentes, le corresponde asumir el gerente del Instituto Departamental de Deportes y Recreación – IDERBOL, Pedro Manuel Alí Alí, ante un incidente de desacato, por no atender un fallo de tutela que le ordenaba dar respuesta a un derecho de petición cuyo accionante, José Javier Caro de la Cruz, consideró que no se le dio cumplimiento al fallo de tutela de fecha 27 de julio de 2021.

Ante ello, Walter González De La Hoz, Juez Municipal Civil 017 de Cartagena – Bolívar declaró fundado el Incidente de Desacato promovido José Javier Caro de la Cruz contra Instituto Departamental de Recreación y Deportes – IDERBOL, por el incumplimiento de la sentencia de tutela del 27 de julio de 2021, proferida por este juzgado, la cual concedió el amparo de los derechos fundamentales del accionante.

Así mismo, al funcionario encargado del cumplimiento del fallo de tutela de la entidad incidentada Instituto Departamental de Recreación y Deportes – IDERBOL, Pedro Manuel Alí Alí, en calidad de Gerente de IDERBOL, con dos (2) días de arresto y una multa de cinco (5) salarios mínimos legales vigentes, que deberá consignar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la ejecutoria de esta providencia, en el Banco Popular, con destino a la cuenta No. 050-00118-9, denominada DTN-Multas y Cauciones- Consejo Superior de la Judicatura; este pago deberá acreditarse ante este juzgado, mediante recibo de consignación bancaria, de lo contrario se remitirá copia autentica de este proveído a la Oficina de Jurisdicción Coactiva de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, con la constancia de ejecutoria para los fines legales, si fuere necesario. En su oportunidad, una vez efectuada la consulta, se dispondrá lo necesario para la realización de la sanción de arresto.