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septiembre 9, 2026

Choque de trenes: CNCS Vs Presidencia de la República

La Comisión Nacional del Servicio Civil se niega a cumplir Decreto de Emergencia Económica del presidente Abelardo De La Espriella que autorizo   aplazar o suspender concursos en desarrollo. Ante ello, la Central de Trabajadores Afrocolombianos pide cumplir Decreto presidencial que autoriza a la CNSC aplazar   el concurso. Se advierten graves consecuencias jurídicas para los comisionados si se rehúsan a cumplir el Decreto, por cuanto las actividades que se desarrollen en la Emergencia Económica podrían quedar sin efecto, El jurista Alcides Arrieta, es el asesor jurídico de la Central de Trabajadores Colombianos.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 09-09-2026. Tras conocerse un comunicado en el cual la Comisión Nacional del Servicio Civil, informó, que el Concurso de Méritos convocado para la Unidad de Restitución de Tierras Despojadas, en lo relacionado con las pruebas escritas no se suspenderán y se realizaran tal como estaban programadas para el domingo 13 de septiembre; pese al Decreto presidencial.

Por ello, la Central de Trabajadores Afrocolombianos; a través de su asesor jurídico, Alcides Arrieta instó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, a cumplir el Decreto 1384 del 9 de septiembre de 2026, expedido por el presidente de la República, Abelardo De La Espriella, que ordenó aplazar o suspender los concursos en proceso, por cuanto, el Decreto, es de obligatorio cumplimiento.

El abogado Alcides Arrieta, señaló que la autorización  dada a la CNCS, para aplazar  los concursos  en proceso  hasta  el 31  de Diciembre, en virtud del terremoto  que afectó, enlutó  a miles  de familias debe  ser  respetado, toda vez, que el Decreto   de Emergencia  Económica, tiene el propósito de preservar   la igualdad  material, la igualdad de oportunidades  y  el acceso al empleo público con fundamento  en el mérito  de  las  personas  afectadas  por la calamidad pública  en todo  el territorio  nacional, incluidos los particulares  que deban cumplir  función pública.”

La Central de Trabajadores, sostiene que el Decreto presidencial, debe cumplirse sin dilaciones, por cuanto está referida a todas las afectaciones sufridas por muchos concursantes a raíz del terremoto.

Para Arrieta, los argumentos  dados  por  la CNSC, al señalar  que  realizará las pruebas  escritas previstas para este  domingo, porque  ha verificado que los sitios dispuestos  para  su realización  cuentan  con las  condiciones  necesarias  para garantizar  el adecuado  desarrollo  de la jornada. “Pero desconoce   que la autorización se refiere a todas las afectaciones directas   e indirectas, no solo de los lugares en que se desarrollarían las pruebas escritas, sino todas las afectaciones materiales, pérdida de viviendas, afectaciones personales, familiares, vidas, integridad, afectación sicológica, por tan inmensa   y dolorosa tragedia.  Es decir, no basta que el lugar de la prueba escrita esté listo y su logística estén listos, por cuanto, el Decreto se refiere a las afectaciones directas o indirectas sufridas por los concursantes en vidas humanas, desaparecidos, viviendas destruidas, afectaciones sicológicas, que aún mes de la tragedia se mantienen vigentes”.

Por ello, la Central  de trabajadores   insta  a  los  comisionados  a aplazar  o suspender  las pruebas  y cumplir integralmente  con el Decreto  expedido en el marco  de  la Emergencia  Económica, porque protege  derechos  fundamentales  y  los  principios  fundantes  del  Estado  Social  del Derecho, como dignidad  humana, solidaridad, interés  general  y el derecho  al trabajo  entre  otros, no hacerlo, es entrar en rebeldía con el Estado social  de derecho, la jerarquía  de las  leyes, lo que podría viciar  el  concurso  y dejar sin efectos las pruebas  escritas  a realizar, lo que podría  generar consecuencias jurídicas para los comisionados.

Por último, Alcides Arrieta, señaló, que la CNSC, no tiene competencia para evaluar las circunstancias que condujeron a declarar la emergencia económica   y las consideraciones de hecho y de derecho que determinaron la expedición   del Decreto 1384   del 9 de septiembre de 2026, ni para desatender la autorización que le fuera impartida, por cuanto, no le está permitido evaluar las múltiples afectaciones directas e indirectas del terremoto.