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Responsabilidad Fiscal, Disciplinaria y Penal contra funcionarios de la Alcaldía de Cartagena por contratación irregular con ESAL

Diana Martínez Berrocal, Secretaria General, Armando Córdoba Julio, Secretario de Participación Ciudadana, Mirna Elvira Martínez Mayorga, Jefe de la Oficina Jurídico de la Alcaldía y el Director de Talento Humano; entre otras dependencias como la Secretaria de Hacienda  tendrán que responder por cuatro contratos irregulares según la Contraloría Distrital.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 21-09-2020. Los Convenios de Asociación suscriptos con la Corporación de Desarrollo Humano, Fundación Dones de Misericordia, Hogar San Pedro Claver y Refugio La Milagrosa, tiene a varios funcionarios de la alcaldía de Cartagena en aprietos por trasgredir las normas que rigen la contratación pública, realizada  por una gestión anti económica e ineficaz que en términos generales no se aplica al cumplimiento de los fines del Estado.

Así concluye un estudio realizado por la Contraloría Distrital, al responder a una denuncia anónima presentada el pasado 18 de mayo y concluye en la investigación que en la firma de tales convenios, la secretaria General de la Alcaldía, Diana Martínez Berrocal, no tuvo en cuenta la acreditación de los recursos que se aportarían  a esos convenios por parte de las ESAL,

Esto quiere decir que la Corporación de Desarrollo Humano, Fundación Dones de Misericordia, Hogar San Pedro Claver y Refugio La Milagrosa, tenían que respaldar esos Convenios de Asociación con las garantías económicas correspondientes al 30% del valor del proyecto de cooperación en dinero y  la entidad Estatal, tenía el deber de verificar el cumplimiento de los requisitos tales como; indicadores de eficiencia de la organización, reputación, estructura organizacional, experiencia, capacidad del personal de la organización sin ánimo de lucro y programa o actividad previsto en el desarrollo, y la garantía del aporte económico de la ESAL, lo que realmente justifica la modalidad de selección. Y estas organizaciones sin ánimo de lucro al momento de firmar, no acreditaron los dineros, que tenían que aportar en el convenio.

Sorprendió a los investigadores, la carta enviada por el Secretario de Participación Ciudadana, Armando Córdoba Julio, al jefe de la Oficina Jurídico de la Alcaldía, Mirna Elvira Martínez Mayorga, a quien le dice que no es necesario el aporte del 30% en términos reglados por Colombia Compra Eficiente; sino que basta con la intención del aporte de la ESAL. Lo que la Contraloría Distrital, establece que esta decisión, es contraria a las normas que regulan este tipo de contratación. Y se pone de ejemplo el convenio con la Corporación Desarrollo Humano, donde la alcaldía hace el aporte correspondiente al 70% del convenio por valor de $339. 167.500.

Para el ente fiscal, no solo se incumplió con lo regulado, en el artículo 5 del Decreto N° 92-2017; sino que además se pone en riesgo la celebración y ejercicio de los contratos de conformidad con los principios y normas de gestión fiscal eficiente. En ninguno de los convenios las entidades aportaron el 30% de la totalidad del convenio, ni en los documentos soportes de la contratación se observa que la entidad Estatal haya constatado la existencia de los recursos en dinero que debe tener a disposición la ESAL, como aporte al convenio en el porcentaje indicado.

La alcaldía no presentó ninguna prueba ni evidencia de los recursos dinerarios que tenían que aportar la ESAL y no se detallan los instrumentos jurídicos, financieros, contables, que le permitieron a la alcaldía corroborar la existencia de esos recursos financieros.

Para la Contraloría la actuación de Diana Martínez Berrocal, Armando Córdoba Julio, Mirna Elvira Martínez Mayorga, el Director de Talento Humano, entre otros funcionarios que participaron en la elaboración de estos contratos han podido ocasionar lesión al patrimonio público representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, uso indebido o deterioro de los bienes o recursos públicos producida por una gestión anti económica e ineficaz que en términos generales, no se aplica al cumplimiento de los fines del Estado.

Por ello, en esta investigación se encontraron: Alcances Fiscales, frente al valor del 30% suscripto con los cuatro convenios. Alcances disciplinarios con la finalidad que se investigue la actuación de los funcionarios que participaron en la contratación desde su etapa de planeación hasta la suscripción del mismo. Alcance penal, con la finalidad que se remita a los órganos competentes para que determine la existencia de interés indebido en la celebración de contrato.