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Alcalde. No ponga en peligro la vida e integridad de los Cartageneros

Como aquel dicho popular del vendedor de griegas: “Bueno es que no me oyen o no me ven”. Así muchos ciudadanos le hacen el llamado al alcalde de Cartagena William Dau para que escuche consejos y vea para donde está conduciendo  la ciudad ahora con las protestas diarias contra los peajes en tiempos de la pandemia.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 26-01-2021. Pareciera que en Cartagena el único problema que existe, son los peajes internos y ya se olvidó que vivimos en pandemia, que el Covid19 en el presente mes se ha manifestado con más fuerza en cuanto a contagios y muertes y las autoridades tanto de salud, como las administrativos y policivas se hacen los sordos, mudos y ciegos ante las aglomeraciones, la falta de tapabocas y distanciamiento para la no propagación del virus.

Por ello, han surgido voces ciudadanas que le dicen al alcalde William Dau Chamatt, que no ponga más en riesgo la vida y la integridad del pueblo, en un conflicto que solo con un acto administrativo puede resolver como primera autoridad.

Expertos en derecho administrativo consultados por este medio aseguran que mediante Decreto, el alcalde puede garantizar que no se altere el orden público y la convivencia, ordene motivadamente el levantamiento de las talanqueras y dan las siguientes recomendaciones para oiga, mire y vea:

1.-Dictar un Decreto ordenando el levantamiento de las talanqueras a efectos que no se siga cobrando los peajes, medida que debe ser amparada por la Policía Nacional; esto para garantizar la convivencia, prevenir que se altere el orden público y proteger la vida tanto del personal de la concesión como de la ciudadanía

2.- Solicitarle a la Contraloría y Procuraduría General de la Nación medidas cautelares para se suspenda el cobro de peajes, se embarguen y secuestren las cuentas y bienes del concesionario

3.- Dictar resolución que dé por terminado el contrato  y ordene la liquidación del mismo, con citación del concesionario, ojalá sea en audiencia pública.

4.- Si el concesionario no acepta la liquidación, declararla unilateralmente y si el concesionario no acepta, si no comparte estas decisiones bien puede demandarlas.