Consejos comunitarios de las veredas de Pasacaballos piden reunión con Reficar y el Alcalde Dau
septiembre 15, 2020
Sentencia su muerte y en la Fiscalía no le recibieron la denuncia
septiembre 16, 2020

Habitantes del Golf ganan tutela e incidente de desacato a la Alcaldía de Cartagena

La negligencia administrativa por no contestar un derecho de petición e intervención de la Constructora Marval que viene causando situaciones de peligro de sus vidas a las habitantes Golf, hizo que el Juzgado  Quinto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cartagena obligue a la alcaldía actuar y proteger los derechos fundamentales de la comunidad.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 15-09-2020. La Constructora Marval en el barrio El Golf de Cartagena viene adelantando dos conjuntos habitacionales llamados Altofaro y Altagracia, que no cumplen con los protocolos de seguridad laboral y constantemente se vienen cayendo objetos corto-contundentes que ponen en peligro a la vida de sus vecinos.

Ante estas dificultades los habitantes del Golf presentaron un Derecho de Petición a la alcaldía de Cartagena y Secretaria de Planeación, solicitando realizar control previo a la obra y de no haberse realizado tal actuación pertinente, se solicitó  vigilancia especial a la constructora Marval, por el menoscabo y detrimento por las obras adelantadas denominadas Altofaro y Altagracia, que han venido afectado la tranquilidad de los habitantes del Golf.

La alcaldía nunca contestó, obligando a los  residentes del Golf a presentar una Acción de Tutela, donde el Juzgado Quinto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cartagena, tuteló el derecho fundamental de petición invocado por los demandantes y ordenó a la Alcaldía Distrital de Cartagena, Secretaría de Planeación Distrital e Inspección de Policía Permanente Tres de Blas de Lezo, dar contestación de fondo, en forma congruente y definitiva a la solicitud presentada por los habitantes del Golf, en un término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente decisión, so pena de incurrir en desacato. El juez le dice a la Alcaldía que la impugnación del fallo no exonera a la parte accionada: Alcaldía Distrital de Cartagena, Secretaría de Planeación Distrital e Inspección de Policía Permanente Tres de Blas de Lezo, de darle cabal cumplimiento al mismo.

El Distrito no contestó tampoco el fallo de Tutela y se instauró un incidente de desacato que también ganó la comunidad y en un fallo del 14 de septiembre de 2020, de nuevo el Juzgado Quinto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cartagena; resolvió requerir a los señores: Guillermo Enrique Ávila Barragán, en su calidad de Secretario de Planeación Distrital y/o quien haga sus veces y Javier Cabrera de León en su calidad de Inspector de Policía de Blas de Lezo, para que en el término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la providencia, informe si han dado cumplimiento al fallo de tutela de septiembre 07 de 2020, proferido por ese Juzgado.

Así mismo, fue requerido el alcalde William Jorge Dau Chamatt, como superior jerárquico, para que en el término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la providencia, informe si han dado cumplimiento al fallo de tutela de septiembre 07 de 2020, proferido por este juzgado.

Ni alcaldía de Cartagena, ni la secretaria de planeación brindaron respuesta oportuna a la referida petición, el Juzgado Quinto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cartagena, vincula a la inspección de policía de Blas de Lezo, y el día 7 de septiembre emite fallo de tutela ordenando una contestación de fondo, en forma congruente y definitiva a la solicitud presentada el 7 de julio de 2020.

El incidente de desacato fue presentado por el abogado Alcides Arrieta Cueto y muy a pesar del desacato; a la  fecha ninguna de las entidades antes señaladas, ha cumplido con lo ordenado en el fallo de tutela, a lo cual el juzgado ordeno su requerimiento.