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Juez ordenó suspensión de los efectos jurídicos de la lista de elegible dentro del proceso de Carrera Administrativa en Arjona

La decisión la deben cumplir de manera inmediata la Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC y la Alcaldía Municipal de Arjona– Bolívar, de conformidad dentro del proceso de selección No. 1613 de 2021 municipios de 5ta y 6ta categoría.

Cartagena-Colombia-Noticias625.co 26-02-2024. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Turbaco, ordenó la suspensión inmediata de los efectos jurídicos de la lista de elegibles conformada dentro del proceso de selección No. 1613 de 2021, municipios de 5ta y 6ta Categoría, mediante auto de fecha 20 de febrero de 2024; por lo que el Concurso de Méritos para Carrera Administrativa, que coordinó la Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC y la alcaldía municipal de Arjona– Bolívar debe ser revisado por la estabilidad laboral de los funcionarios en calidad de provisionalidad.

Esta decisión judicial es destacada por los presidentes de las organizaciones sindicales de la alcaldía de Cartagena, SINSERPUPROCAR y SUSPEDECAR, Jorge Galofre Flórez y Redín de Horta Díaz, respectivamente, quienes afirmaron que se ve una luz de esperanza en el proceso que ellos tienen denunciado por la misma causa.

Para adoptar la trascendental decisión, el Juez Primero Civil del Circuito de Turbaco Bolívar consideró que “la parte demandante ha argumentado que la no suspensión del proceso podría tener un impacto negativo en sus derechos, debido a que sus trabajos son su único sustento y sufren de patologías que requieren atención. Adicional a ello, demuestra haber presentado procesos ordinarios ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales a la fecha no han sido resueltos”.

 

Los dirigentes sindicales manifestaron que la Comisión Nacional del Servicio Civil y las entidades territoriales han incurrido en una serie de irregularidades que han perjudicado masivamente a los empleados que se presentaron al concurso bajo la convicción de que en dicho procedimiento se respetarían los principios de objetividad, transparencia e igualdad que rigen la institución de la Carrera Administrativa.

“Sabemos que finalmente deben ser los jueces de la República los que pueden restablecer nuestros derechos constitucionales fundamentales a participar en un concurso que respete las reglas de juego y esté libre de cualquier irregularidad, entre otros”, puntualizó Jorge Galofre Flórez.

Por su parte, el dirigente sindical Redín de Horta expresó que la Comisión Nacional de Servicio Civil, debe ser la entidad que garantice los principios de ingreso a la carrera con fundamento en el mérito, se ha convertido en una entidad que no escucha los justos reclamos de los trabajadores e insiste en no reconocer graves irregularidades que se han producido en el marco de la convocatoria a concursos de mérito en Cartagena y otras entidades territoriales, pese a que son cientos de familias las que ven en peligro su sustento por cuenta de la persistencia en los errores. El caso de Arjona es muy similar al que padecen los empleados en provisionalidad del Distrito de Cartagena, añadió Redín de Horta.