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Concejo aprobará prórroga de Alumbrado Público por más de un año

  • Funcionarios de FINDETER llegaron al concejo y manifestaron que 18 meses es razonable. Pero que un año es suficiente para la prórroga de la concesión del alumbrado público para Cartagena y que las tarifas serán las mismas.

Cartagtena-Colombia-Noticias625.co. Para los concejales de Cartagena la nueva administración distrital debe contar con el tiempo suficiente y razonable para determinar el futuro de los servicios de Alumbrado Público y Semaforización y por ello, hacen las consultas para determinar el tiempo de prórroga que darán para que el próximo 3 de enero de 2020, la ciudad no se quede sin estos servicios.

Hay quienes hablan de 2, 3, 4 y hasta 9 años de prórroga, son las voces que suenan entre los concejales de la ciudad, quienes aseguran que una autorización por una año, dejaría a la próxima administración, con un tiempo reducido para hacer, lo que tenga planeado: sea prorrogar el contrato con la concesión actual, abrir un nuevo proceso licitatorio, realizar un contrato interadministrativo o que el Distrito asuma el manejo de esos servicios.

Los delegados de FINDETER venidos de Bogotá: Jaime Duque y Javier Delgado, resolvieron las inquietudes presentadas por los concejales y manifestaron que un plazo de 18 meses es razonable. Pero con un año de prórroga es suficiente. Afirman que en el mes de febrero tendrán listos los pliegos para abrir una nueva licitación, el proceso de licitación se desarrolla en 4 meses y le quedarían 6 meses para adjudicar y entre a operar un nuevo operador.

Así mismo afirmaron que FINDETER, no es el competente para determinar cuál será el tiempo de prórroga. “El alcalde Pedrito Pereira Caballero cuenta con todas las herramientas técnicas, jurídicas y financieras para tomar la determinación que más le convenga a la ciudad”, expresó Jaime Duque, gerente de Bancos de FINDETER.

En las próximas horas se conocerá la determinación del concejo en torno a los servicios de Alumbrado Público y Semaforización, para que el alcalde sancione u objete el mencionado Proyecto de Acuerdo.